Prohibición de pirotecnia sonora

El partido de Exaltación de la Cruz prohíbe la pirotecnia sonora. La pirotecnia lumínica está permitida bajo condiciones.

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Ordenanza municipal Ordenanza 2657-2020 · vigente desde 1 de enero de 2020

Qué prohíbe la ordenanza

La Ordenanza 2657-2020 de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz prohíbe la pirotecnia sonora dentro del partido (incluido El Remanso).

La pirotecnia lumínica sigue permitida con condiciones, pero hay un consenso fuerte entre vecinos para evitar también esta variante por el impacto sobre mascotas, fauna local y personas con sensibilidad sonora o del espectro autista.

Por qué importa en el barrio

Cada fin de año reaparece la misma discusión en los grupos de WhatsApp. El sitio fija la información para no tener que volver a discutirlo cada diciembre.

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